Los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron que el procesamiento no constituía una sentencia definitiva que habilite la vía del recurso de casación. En disidencia, la jueza Ana María Figueroa señaló que se trataba de una cuestión que podría ocasionar un gravamen irreparable, por lo que correspondía admitir su tratamiento.
Es por los delitos de asociación ilícita, tareas de inteligencia prohibidas, lavado de activos y extorsión, en el marco de la causa iniciada por extorsión al empresario Pedro Etchebest, al que le ofreció quitarlo de la causa “cuadernos” a cambio del pago de USD 300.000. También fueron condenados otros agentes de inteligencia y empresarios.